Comité Nacional de la JR
Primer paso para la Reforma del Estatuto Nacional
El Comité Nacional de la Juventud Radical designó a los Dres. Alejandro Cacace (San Luis) y Nicolás Suárez Colman (Río Negro) como integrantes de la comisión para el estudio del Estatuto Nacional de la Juventud Radical. De ésta manera, el Comité Nacional dio el primer paso hacia la reforma, ésta comisión deberá en tiempo oportuno, elevar un informe sobre la procedencia de la reforma, y los puntos que considere necesario reformar.
A continuación se transcribe la resolución completa:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 1 de Diciembre de 2009.-
VISTO:
La Carta Orgánica Nacional de la Unión Cívica Radical y el Estatuto del Comité Nacional de la Juventud Radical; y
CONSIDERANDO:
Que la Juventud Radical, como organización nacional partidaria, se rige por las normas de la Carta Orgánica Nacional de la Unión Cívica Radical y las establecidas por el Estatuto de la Juventud Radical;
Que el Estatuto de la Juventud Radical fue sancionado en el año 1990, y cumplirá el año próximo 20 años de vigencia;
Que es necesario hacer congruentes todas las normas del Estatuto de la Juventud Radical con aquellas de la Carta Orgánica, de manera de ajustar sus disposiciones a ésta y evitar contradicciones con la norma de superior jerarquía;
Que corresponde evaluar, en el marco de la autonomía de la Organización, la eficacia de las estructuras establecidas para el desempeño político actual de la Juventud Radical como organización de entidad nacional y federal;
Que es preciso reglamentar diversas instituciones del Estatuto con el propósito de despejar dudas interpretativas que han surgido en la práctica de su ejercicio y para brindar certeza a los afiliados de sus regulaciones
Que los tiempos actuales obligan a revisar los procedimientos de la Organización a los efectos de modernizarlos y para hacer pleno uso de las nuevas herramientas tecnológicas existentes;
Que el Comité Nacional posee la facultad de convocar al Congreso Nacional de la Juventud Radical para reformar el Estatuto.
Por ello,
El Comité Nacional de la Juventud Radical resuelve:
Artículo 1º: Constitúyase una Comisión de Estudio del Estatuto de la Juventud Radical, integrada por dos miembros, para que eleve a este Comité un Informe sobre el Estatuto Nacional de la Juventud Radical y haga recomendaciones para su reforma.;
Artículo 2º: Designase a los Doctores Alejandro Cacace y Nicolás Suárez Colman como miembros integrantes de la Comisión.
Artículo 3º: Establécese el 1 de febrero como plazo para la presentación del respectivo Informe al Comité Nacional.
Artículo 4º: Publíquese.
Primer paso para la Reforma del Estatuto Nacional
El Comité Nacional de la Juventud Radical designó a los Dres. Alejandro Cacace (San Luis) y Nicolás Suárez Colman (Río Negro) como integrantes de la comisión para el estudio del Estatuto Nacional de la Juventud Radical. De ésta manera, el Comité Nacional dio el primer paso hacia la reforma, ésta comisión deberá en tiempo oportuno, elevar un informe sobre la procedencia de la reforma, y los puntos que considere necesario reformar.
A continuación se transcribe la resolución completa:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 1 de Diciembre de 2009.-
VISTO:
La Carta Orgánica Nacional de la Unión Cívica Radical y el Estatuto del Comité Nacional de la Juventud Radical; y
CONSIDERANDO:
Que la Juventud Radical, como organización nacional partidaria, se rige por las normas de la Carta Orgánica Nacional de la Unión Cívica Radical y las establecidas por el Estatuto de la Juventud Radical;
Que el Estatuto de la Juventud Radical fue sancionado en el año 1990, y cumplirá el año próximo 20 años de vigencia;
Que es necesario hacer congruentes todas las normas del Estatuto de la Juventud Radical con aquellas de la Carta Orgánica, de manera de ajustar sus disposiciones a ésta y evitar contradicciones con la norma de superior jerarquía;
Que corresponde evaluar, en el marco de la autonomía de la Organización, la eficacia de las estructuras establecidas para el desempeño político actual de la Juventud Radical como organización de entidad nacional y federal;
Que es preciso reglamentar diversas instituciones del Estatuto con el propósito de despejar dudas interpretativas que han surgido en la práctica de su ejercicio y para brindar certeza a los afiliados de sus regulaciones
Que los tiempos actuales obligan a revisar los procedimientos de la Organización a los efectos de modernizarlos y para hacer pleno uso de las nuevas herramientas tecnológicas existentes;
Que el Comité Nacional posee la facultad de convocar al Congreso Nacional de la Juventud Radical para reformar el Estatuto.
Por ello,
El Comité Nacional de la Juventud Radical resuelve:
Artículo 1º: Constitúyase una Comisión de Estudio del Estatuto de la Juventud Radical, integrada por dos miembros, para que eleve a este Comité un Informe sobre el Estatuto Nacional de la Juventud Radical y haga recomendaciones para su reforma.;
Artículo 2º: Designase a los Doctores Alejandro Cacace y Nicolás Suárez Colman como miembros integrantes de la Comisión.
Artículo 3º: Establécese el 1 de febrero como plazo para la presentación del respectivo Informe al Comité Nacional.
Artículo 4º: Publíquese.
Nahuel Ibazeta
Presidente
Carlos Alderete
Presidente
Carlos Alderete
Secretario General
Juventud Radical
Comité Nacional
Juventud Radical
Comité Nacional
http://juventud.ucr.org.ar/
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